Monotributo: hasta cuándo hay tiempo para recategorizarse y todo lo que hay que saber de las nuevas escalas

Del 1 al 22 de enero los pequeños contribuyentes deberán evaluar los parámetros que determinan su categoría como monotributistas e informar por sistema los cambios que se produzcan, en caso de que les corresponda una de categoría distinta de la actual o, también, si deben pasar al régimen general

 

 

A partir del ajuste de los valores en las escalas y las contribuciones mensuales en un 110,9% desde este lunes 1° de enero, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) introdujo la opción de recategorización para el monotributo. Esta gestión aplica solo a aquellos que superen o se sitúen por debajo de los límites establecidos por AFIP para cada categoría, lo cual afecta la cantidad a pagar.

Así pues, hasta el lunes 22 de enero inclusive, los pequeños contribuyentes deben revisar sus ingresos brutos del último año y solicitar un cambio de categoría si es necesario.

El Monotributo 2024 presenta nuevas escalas para la recategorización de enero. Esto se traduce en la actualización de los montos máximos para cada categoría del Monotributo. Estos son los nuevos parámetros y las cuotas a pagar por cada una:

 

Categoría | Ingresos Brutos mensuales desde el 1.º de enero de 2024, inclusive | Valor de la cuota mensual

  • A | $2.108.288,01 | $12.128,39
  • B | $3.133.941,63 | $13.561,75
  • C | $4.387.518,23 | $15.241,42
  • D | $5.449.094,55 | $19.066,46
  • E | $6.416.528,72 | $24.526,43
  • F | $8.020.660,90 | $29.223,11
  • G | $9.624.793,05 | $33.439,61
  • H | $11.916.410,45 | $56.402,68
  • I | $13.337.213,22 | $81.121,96
  • J | $15.285.088,04 | $93.619,47
  • K | $16.957.968,71 | $106.964,65

 

La evaluación para determinar la categoría en el Monotributo implica considerar los siguientes parámetros durante los últimos 12 meses:

  • Ingresos brutos acumulados
  • Consumo de energía eléctrica
  • Alquileres devengados y/o la superficie utilizada para la actividad
  • Estos valores deben compararse con la tabla de categorías vigente del Monotributo para determinar la correspondiente al contribuyente.
  • El pago correspondiente a la nueva categoría se realiza en el mes siguiente al de la recategorización.

 

¿Cómo realizar la recategorización del Monotributo 2024?

  • Acceder a Monotributo|AFIP con CUIL/CUIT/CDI y Clave Fiscal.
  • Seleccionar la opción “Recategorización”.
  • El sistema mostrará la categoría actual y los límites máximos.
  • Elegir “Continuar recategorización”.
  • Informar el monto facturado en los últimos 12 meses y los datos requeridos por el sistema para determinar la nueva categoría.
  • El sistema mostrará la categoría correspondiente. Se recomienda verificar la información.
  • Si los datos son correctos, confirmar la categoría haciendo clic en “Confirmar Categoría”.
  • El sistema te informará si la modificación se realizó correctamente y podrás imprimir tu credencial.
  • Es fundamental seguir estos pasos para garantizar la actualización correcta de la categoría en el Monotributo 2024 y evitar inconvenientes futuros.

 

¿Cuándo no corresponde hacer la recategorización?

No corresponde hacer la recategorización si transcurrieron menos de 6 meses desde la inscripción al régimen simplificado. En cambio, si el período es entre 6 meses y menos de 12, se deben anualizar los ingresos para hacer la recategorización.

El importe correspondiente a la nueva categoría se abona en el mes siguiente al de la recategorización.

 

Recategorización automática

Si un monotributista no ha realizado la recategorización hasta las 23:59 del día 22 de este mes, es probable que en febrero reciba una notificación de la AFIP en su Domicilio Fiscal Electrónico (accesible desde la página del organismo con clave fiscal) informándole que fue recategorizado de oficio. Esta situación ocurre cuando, a través de un cruce de datos sistémico, se presume que el trámite debió haberse completado y no fue así. Asimismo, puede suceder cuando la AFIP considera que la recategorización se efectuó de manera incorrecta, resultando en una categoría no correspondiente para el monotributista.

La AFIP utiliza información sobre consumos, gastos y movimientos bancarios reportados por las entidades financieras para detectar posibles omisiones en el trámite de recategorización o errores en la misma.

Los contribuyentes notificados de una recategorización automática podrán consultar los motivos accediendo al portal del monotributo. En caso de discrepancia con la nueva categoría asignada, tendrán un plazo de 15 días hábiles para apelar la decisión de la AFIP. Esta apelación se realiza a través del servicio interactivo “Presentaciones Digitales”, seleccionando la opción “Recategorización de oficio del monotributo – Apelación en término”.

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